Guías · Actualizada el 25 de octubre de 2026
Cómo alquilar tu propiedad sin inmobiliaria: contrato, garantías y aumentos (2026)
Cómo alquilar tu casa o departamento sin inmobiliaria: qué dice la ley hoy, el contrato, las garantías y los aumentos por ICL o IPC.
Qué reglas rigen hoy
Desde fines de 2023, con el DNU 70/2023, se derogó la Ley de Alquileres y los contratos se rigen por el Código Civil y Comercial con amplia libertad para las partes. En la práctica:
- Plazo: lo acuerdan las partes. Si no se fija, para vivienda es de 2 años.
- Aumentos: se pueden pactar con cualquier índice (IPC, ICL u otro) y con la frecuencia que acuerden (trimestral, cuatrimestral, semestral).
- Moneda: el contrato puede hacerse en pesos o en dólares, y se paga en la moneda pactada.
- Depósito: monto, moneda y forma de devolución se acuerdan libremente.
- Rescisión: el inquilino puede rescindir en cualquier momento pagando el 10% del alquiler que falte hasta el final del contrato.
1. Definí el precio y las condiciones
Mirá alquileres parecidos en tu zona y decidí plazo, índice y frecuencia de aumento, quién paga las expensas extraordinarias y si aceptás mascotas. Tenerlo claro de entrada evita discusiones después.
2. Publicá y elegí bien al inquilino
- Pedí DNI, recibos de sueldo o comprobantes de ingresos (suele pedirse que los ingresos sean unas 3 veces el alquiler).
- Consultá referencias de alquileres anteriores.
- Coordiná visitas con datos verificados. En DOMIA las visitas se confirman con DNI.
3. Pedí una garantía
- Garantía propietaria: un inmueble de un familiar del inquilino.
- Seguro de caución: una aseguradora garantiza el pago; el inquilino paga la póliza. Es una opción muy usada.
- Recibos de sueldo de garantes, como complemento.
4. Armá el contrato por escrito
Incluí: partes y DNI, dirección, plazo, precio y moneda, índice y frecuencia de aumento, depósito, garantía, quién paga qué (expensas, impuestos, servicios), estado del inmueble con inventario y fotos, y condiciones de rescisión. Firmá las copias y certificá las firmas si querés más respaldo.
5. Calculá los aumentos sin errores
El aumento depende del índice y la frecuencia pactados. Con la calculadora gratuita de DOMIA cargás el monto inicial, la fecha de inicio, el índice (ICL o IPC) y cada cuánto se ajusta, y te dice el nuevo valor. Con Domia Ajusta te avisamos por mail cuándo y cuánto ajustar.
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¿Sigue vigente la Ley de Alquileres?
No. La Ley 27.551 fue derogada por el DNU 70/2023 a fines de 2023. Los contratos se rigen por el Código Civil y Comercial, con libertad para pactar plazo, índice, frecuencia de aumento y moneda.
¿Cuánto dura un contrato de alquiler de vivienda?
Lo que acuerden las partes. Si el contrato no dice nada, el plazo es de 2 años para vivienda.
¿Puedo alquilar en dólares?
Sí, las partes pueden pactar el alquiler en moneda extranjera y el pago se hace en esa moneda.
Esta guía es informativa y orientativa: no reemplaza el asesoramiento de un escribano, abogado o contador. Los montos, alícuotas y normas pueden cambiar; verificá los datos vigentes para tu caso.
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